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Con base al Reglamento Orgánico del Ministerio de Economía, Acuerdo Gubernativo No. 170-2015, Artículo 18, establece que la Dirección de Análisis Económico -DAE- en adelante, es la encargada de elaborar informes técnicos y suministrar datos estadísticos, para apoyar y sustentar la formulación de políticas, estrategias y asesoría en materia comercial y macroeconómica, así como el análisis permanente de la coyuntura económica internacional.
Para el logro de los objetivos se realizarán las siguientes funciones:
- Capturar, analizar y procesar información estadística de comercio exterior;
- Administrar el Sistema de estadísticas de Comercio Exterior, integrado por cifras de comercio general, territorio aduanero, regímenes especiales y acuerdos comerciales;
- Mantener actualizados perfiles analíticos de economía y comercio exterior de socios comerciales y países de interés;
- Difundir las noticias económicas nacionales e internacionales;
- Atender la demanda de información de cifras de comercio exterior;
- Presentar mensual, semestral y anualmente informes análiticos sobre el comportamiento del comercio exterior;
- Presentar evaluaciones periódicas sobre el comportamiento del intercambio comercial de regiones y países, con los que existan acuerdos comerciales;
- Apoyar en materia económica y estadística los temas relacionados con la defensa commercial del país;
- Realizar análisis coyuntural de productos o mercados que puedan incidir sobre la oferta y demanda externa del país;
- Elaborar y remitir a planificación la memoria de actividades y plan operativo annual correspondiente dentro del plazo que se fije para el efecto y;
- Realizar otras funciones que le sean asignadas dentro del ámbito de su competencia.
Reglamento Orgánico del Ministerio de Economía, Acuerdo Gubernativo No. 170-2015