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Auditoría Interna


Es el órgano responsable de fiscalizar los procesos contables, financieros y administrativos del Ministerio; supervisar y evaluar lo relativo al funcionamiento del control interno institucional y recomendar las acciones necesarias para la correcta gestión financiera, contable y administrativa, en apego a la normativa aplicable y las disposiciones emitidas por la Contraloría General de Cuentas.
  • Elaborar el Plan Anual de Auditoría (PAA), someterlo al Despacho Ministerial para su aprobación y remitido a la Contraloría General de Cuentas, en el plazo establecido para el efecto.
  • Definir las políticas relativas a la implementación de un eficaz sistema de control interno.
  • Elaborar y mantener actualizados los manuales de procedimientos internos necesarios para el óptimo desempeño de sus actividades técnicas y administrativas.
  • Efectuar las auditorías programadas en el plan anual de auditoría aprobado por el Despacho Ministerial.
  • Emitir las recomendaciones pertinentes a los órganos del Ministerio, para el efectivo control interno, la aplicación adecuada de los procedimientos contables y el cumplimiento de las disposiciones legales.
  • Realizar evaluaciones preventivas a los sistemas de control interno, con el propósito de fortalecerlos, mejorarlos e implementarlos donde no existan.
  • Elaborar y aplicar procedimientos de fiscalización, con el objeto de evaluar que los bienes físicos y financieros del Ministerio sean utilizados adecuadamente.
  • Hacer de conocimiento de las autoridades superiores hechos que durante los procesos de fiscalización presenten indicios de ilícitos.
  • Evaluar periódicamente los sistemas integrados de administración y finanzas, herramientas tecnológicas y procesos de control interno
  • Revisar los procesos operativos financieros, con la finalidad de alcanzar niveles de transparencia en la gestión financiera del Ministerio.
  • k) Elaborar informes cuatrimestrales de seguimiento a la ejecución del Plan Operativo Anual del Ministerio y presentarlos oportunamente al Despacho Ministerial.
  • Otras funciones que le sean asignadas por la autoridad superior.